Rezar por almas del Purgatorio

Noviembre: Liberar almas del Purgatorio con indulgencias plenarias

Desde el 1° de noviembre hasta el 8° la Iglesia concede indulgencias plenarias aplicables a las almas del Purgatorio cumpliendo condiciones sencillas. ¿La parábola del administrador infiel (Lc. 16) guarda relación con esto? Usa esta guía y completa las condiciones requeridas para lograr importantes beneficios.

Nota 2020: Durante el mes de noviembre de 2020, en atención a la situación ocasionada por el COVID, la Santa Sede ha establecido algunas facilidades en relación a la obtención de las indulgencias plenarias correspondientes a los días 1 al 8 de noviembre, y la del 2 de noviembre (Conmemoración de Todos los Fieles Difuntos): La indulgencia podrá ser transferida a cualquier otro dia del mes de noviembre a elección del fiel, los que no puedan salir porque se encuentren en “régimen de aislamiento”, o porque estén enfermos, podrán alcanzar la indulgencia rezando ante una imagen de Nuestro Señor o de la Santísima Virgen, orando, por ejemplo Laudes, Vísperas del Oficio de Difuntos, el Rosario, la Coronilla de la Misericordia, o las oraciones más habituales de cada tradición, o también podrán proceder a una lectura meditada del Evangelio en una de las tres Misas previstas para los fieles difuntos y, por supuesto, ofrecer obras de misericordia. Tener en cuenta que debe cumplirse el resto de las Condiciones Generales.

Durante el mes de noviembre se incrementan las posibilidades de obtener indulgencias plenarias (las hay de dos clases plenarias o parciales según liberen del todo o parte de la pena temporal) para las almas del Purgatorio.

En el Purgatorio las almas pueden llegar a permanecer siglos purificándose (Cf. Catecismo I. C. 1031) antes de poder entrar en la gloria del Cielo.

Guía para obtener indulgencias plenarias para las almas del purgatorio

Entre el 1 y el 8 de noviembre la Iglesia nos mueve a pensar en quienes han pasado por este mundo y ya no están entre nosotros. Celebramos la fiesta de Todos los santos el 1° de noviembre y la Conmemoración de los fieles difuntos el dia 2 del mismo mes.

Es un tiempo propicio para considerar especialmente a quienes esperan entrar en la gloria del Cielo, debiendo aun purificarse. En este sentido, la Iglesia concede indulgencias plenarias aplicables a las almas purgantes, fáciles de obtener, con las que podremos liberar del Purgatorio a un alma por día (la indulgencia plenaria sólo se puede obtener una vez al día) cumpliendo sencillas condiciones. Repasamos los actos indulgenciados:

  • Del 1 al 8 de noviembre:
    visitar un cementerio y orar mentalmente pidiendo el perdón divino en favor de los difuntos.
  • El viernes 2 de noviembre (Conmemoración de los fieles difuntos):
    -visitar una iglesia (u oratorio) devotamente y rezar un Padre Nuestro y el Credo en favor de los difuntos.

Condiciones generales

Además del acto indulgenciado, es necesario cumplir las condiciones generales aplicables a todas las indulgencias plenarias (Las que figuran en negrita pueden realizarse dentro de los 20 dias del acto indulgenciado):

– Estar bautizado, no excomulgado.
– Tener la disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial (que no reviste gravedad);
– Tener intención de ganar la indulgencia;
Confesarse sacramentalmente de los pecados (Es necesario estar en estado de gracia al menos al finalizar todas las obras prescritas. Para varias indulgencias plenarias basta una confesión sacramental);
Recibir la sagrada Eucaristía (es mejor recibirla participando en la santa misa, pero para la indulgencia sólo es necesaria la sagrada Comunión);
Orar según las intenciones del Papa (rezar según su intención un solo Padrenuestro y Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de rezar cualquier otra fórmula, según su piedad y devoción).

Es conveniente, pero no necesario, que la confesión sacramental, y especialmente la sagrada Comunión y la oración por las intenciones del Papa, se hagan el mismo día en que se realiza la obra indulgenciada; pero es suficiente que estos sagrados ritos y oraciones se realicen dentro de algunos días (unos veinte) antes o después del acto indulgenciado.

Si falta la plena disposición, o si no se cumple la obra prescrita y las condiciones antedichas, salvo lo prescrito para los «impedidos», la indulgencia será sólo parcial.

Para lucrar la indulgencia asignada a algún día, si requiere la visita a una iglesia u oratorio, puede efectuarse desde el mediodía del dia anterior (vigilia) hasta la medianoche que pone fin al día establecido.

Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en la tierra.

Finalmente, las personas que estén legítimamente impedidas de cumplir algunas de las condiciones pueden solicitar al confesor que les exima de cumplir alguna o varias de ellas:
“Los confesores pueden conmutar, en favor de los que estén legítimamente impedidos, tanto la obra prescrita como las condiciones requeridas (obviamente, excepto el desapego del pecado, incluso venial).”

  • Otras formas

Adicionalmente, también podrán realizar otros actos premiados con indulgencia plenaria y sufragarlos en favor de las almas del purgatorio mediante oración mental (Requieren cumplir las condiciones generales mencionadas más arriba). Estos actos son:

• Adoración del Santísimo Sacramento durante al menos media hora.
• Lectura piadosa de las Sagradas Escrituras durante al menos media hora;
• Piadoso ejercicio del Vía Crucis.
• Rezo del Rosario mariano en una iglesia u oratorio, o en familia, o en una comunidad religiosa o una asociación piadosa (Ind. parcial si se reza solo).

(Ejemplo: se puede hacer lectura piadosa de la Biblia durante al menos media hora, cumplir las condiciones generales para las indulgencias plenarias y sufragarla a las almas del purgatorio.)

Fuentes:
Enchiridion Indulgentiarum – Paenitentiaria Apostolica, 4° ed. 16 de julio de 1999 (vigente).
Constitución Apostólica “Indulgentiarum Doctrina” de Su Santidad Pablo VI sobre la revisión de las indulgencias.

¿Qué son las indulgencias?

Abreviaturas
CIC: Catecismo de la Iglesia Católica.

Recordamos que las indulgencias son la remisión de la pena temporal que corresponde por haber pecado, aun luego de haber sido perdonados a través del sacramento de la Confesión (también llamado Reconciliación o Penitencia), ya que los pecados además de la culpa producen en la persona que los comete la necesidad de reparar el daño hecho, en esta vida o en la otra (en el Purgatorio).

Mientras que la culpa desaparece con la absolución de los pecados que pronuncia el sacerdote, la pena temporal por esos pecados subsiste y sólo se retira a través de actos indulgenciados con indulgencia parcial o plenaria (ej. realizar actos de caridad, pronunciar oraciones por los vivos y los difuntos, soportar sacrificios, entre muchos otros). Las indulgencias plenarias retiran toda la pena temporal mientras que las parciales una porción de ella.

El purgatorio es dogma de fe de la Iglesia Católica:

CIC 1031:
La Iglesia llama Purgatorio a esta purificación final de los elegidos que es completamente distinta del castigo de los condenados. La Iglesia ha formulado la doctrina de la fe relativa al Purgatorio sobre todo en los Concilios de Florencia (cf. DS 1304) y de Trento (cf. DS 1820: 1580). La tradición de la Iglesia, haciendo referencia a ciertos textos de la Escritura (por ejemplo 1Co 3:15; 1P 1, 7) habla de un fuego purificador:

Respecto a ciertas faltas ligeras, es necesario creer que, antes del juicio, existe un fuego purificador, según lo que afirma Aquél que es la Verdad, al decir que si alguno ha pronunciado una blasfemia contra el Espíritu Santo, esto no le será perdonado ni en este siglo, ni en el futuro (Mt 12:31). En esta frase podemos entender que algunas faltas pueden ser perdonadas en este siglo, pero otras en el siglo futuro (San Gregorio Magno, dial. 4, 39).

Más sobre el purgatorio y las indulgencias en el Catecismo

¿La Parábola del administrador infiel (Lc 16:1-9) guarda relación con las indulgencias aplicadas a los difuntos?

Esta parábola que aun hoy genera dificultades en su interpretación pareciera tener puntos en común con el sufragio de las indulgencias en favor de los difuntos. Recordemos la parábola (solo presente en el evangelio según San Lucas):

Evangelio según San Lucas 16:1-9
(1) Decía también Jesús a los discípulos: “Había cierto hombre rico que tenía un mayordomo*; y éste fue acusado ante él de derrochar sus bienes.
(2) “Entonces lo llamó y le dijo: ‘¿Qué es esto que oigo acerca de ti? Rinde cuentas de tu administración, porque no puedes ser más mayordomo.’
(3) “Y el mayordomo se dijo a sí mismo: ‘¿Qué haré? Pues mi señor me quita la administración. No tengo fuerzas para cavar, y me da vergüenza mendigar.
(4) ‘Ya sé lo que haré, para que cuando se me destituya de la administración algunos me reciban en sus casas.’
(5) “Llamando a cada uno de los deudores de su señor, dijo al primero: ‘¿Cuánto le debes a mi señor?’
(6) “Y él dijo: ‘Cien barriles (3700 litros) de aceite.’ El mayordomo le dijo: ‘Toma tu factura, siéntate pronto y escribe cincuenta.’
(7) “Después dijo a otro: ‘Y tú, ¿cuánto debes?’ Y él respondió: ‘Cien medidas (unos 37,000 kilos) de trigo.’ El mayordomo le dijo: ‘Toma tu factura y escribe ochenta.’
(8) “El señor elogió al mayordomo injusto porque había procedido con sagacidad, pues los hijos de este siglo son más sagaces en las relaciones con sus semejantes que los hijos de la luz.
(9) “Pero Yo les digo: háganse amigos por medio de las riquezas injustas, para que cuando les falten, los reciban en las moradas eternas.

* Mayordomo: denota primariamente a la persona que regentaba una casa o finca, el administrador o mayordomo, quienes eran generalmente esclavos o libertos (Luc 12:42; Luc 16:1, Luc 16:3, Luc 16:8); traducido en estos pasajes como «mayordomo» (RV, RVR, RVR77, y VM); «tesorero» (Rom 16:23, RV, RVR, RVR77 y VM); «administrador/es» (1Co 4:1-2; Gál 4:2; Tit 4:10, RVR, RVR77; «dispensadores», RV).

La parábola nos coloca frente a un administrador de bienes. Los bienes son de su Señor, que representa a Dios. El administrador ha tenido conductas deshonestas respecto al patrimonio de su Señor y al ser descubierto prepara un plan para ganarse amigos que lo puedan recibir y asi evitar los trabajos duros y la mendicidad.

Para ello el administrador infiel recurre a quienes sabe son deudores de su Señor y les ayuda a un par de ellos a liberarse de parte de su deuda (nótese que en la parábola el administrador fraudulento no los libera del 100% de su deuda sino de solo una parte de ella).

Entendemos que esta parábola, principalmente referida al uso de las riquezas mal habidas, permite aplicarse a la situación del sufragio de las indulgencias en favor de las almas del Purgatorio. Los bienes administrados pueden ser las propias facultades mentales y el uso que damos de ellas, el don recibido de Dios.

El administrador infiel puede compararse entonces con alguien que viene transitando un camino que lo aleja del Cielo pero que deseando reparar su pasado ayuda a las almas purgantes a liberarse de parte de sus penas, y logra asi obtener la misma misericordia que tuvo para con ellas (podría afirmarse que con la intercesión de las almas beneficiadas), lo que permite su salvación.

Se destaca así el gran valor que representa el auxilio a las almas purgantes como una obra para tener en nuestro haber a la hora de la muerte, más aun si tenemos en cuenta la posibilidad de liberarlas completamente del Purgatorio mediante las indulgencias plenarias. Tendremos a esa persona intercediendo en nuestro favor y haciendo más eficaces sus pedidos por nuestra salvación (Cf. Catecismo I. C. 958).

Oraciones por los difuntos

Señor, dales el descanso (Réquiem aeternam)
Señor, dales el descanso eterno, y brille sobre ellos la luz eterna. Descansen en paz. Amén.
(cf. Ritual de exequias, indulgencia parcial, aplicable solamente a las almas del purgatorio.)

Almas purgantes
Almas santas, almas purgantes, rueguen a Dios por nosotros, que nosotros rogaremos por ustedes para que El les dé la gloria del paraíso.
Padre eterno, te ofrecemos la sangre, pasión y muerte de Jesucristo, los dolores de la Santísima Virgen y los de San José, por la remisión de nuestros pecados, la libertad de las almas del Purgatorio y la conversión de los pecadores. Amén.

Oración por las almas del purgatorio
Padre eterno, yo te ofrezco la preciosísima sangre de tu Divino Hijo Jesús, en unión con las misas celebradas hoy día a través del mundo por todas las benditas animas del purgatorio por todos los pecadores del mundo.
Por los pecadores en la iglesia universal, por aquellos en propia casa y dentro de mi familia. Amen.
(El Señor le dijo a Santa Gertrudis que cada vez que rezara esta oración, podría librar 1000 almas del purgatorio.)

Señor, a todos los que por amor
Señor, a todos los que por amor a ti se han hecho nuestros bienhechores, dígnate recompensarlos con la vida eterna. Amén.

Oración con agua bendita por las almas del purgatorio
Por esta agua bendita y por tu Sangre Preciosa, Oh Señor, concéde el eterno descanso a las santas almas del purgatorio. Amén.

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